Atención a la población afectada por emergencias y/o desastre a través de la coordinación con SMDIF en la habilitación de refugios temporales, evaluación de daños, distribución de ayuda a la población afectada así como el manejo Integral de Suministros en Emergencia Centros de Acopio a través de la estrategia de Atención a Población en Condiciones de Emergencia (APCE). Así como la integración y formalización de Unidades Internas de protección civil, capacitación de brigadas, certificaciones de inmuebles y supervisión de inmuebles pertenecientes al SEDIF.
- Ser persona afectada por un desastre o emergencia mayor, que haya sufrido daño o perjuicio en su persona y en su patrimonio por el impacto de uno o más agentes perturbadores.
- Ser una persona que su vivienda se encuentre en zona de inminente riesgo por el impacto de uno o más agentes perturbadores, que requiera alojamiento de forma temporal, con un grado de vulnerabilidad medio, alto o muy alto y que se encuentre en situación de desventaja.
- Permitir la valoración que realiza el Sistema DIF Municipal y/o Protección Civil para la Evaluación de Daños y se acredite para recibir atención y apoyos.
- Persona en situación de marginación y exclusión, que es impactado por condiciones meteorológicas adversas.
REQUISITOS PARA LOS SISTEMAS MUNICIPALES DIF (SMDIF):
- Contar formalmente con el Comité Municipal de Atención a Población en Condiciones de Emergencia a través del Acta Constitutiva entregada en original al SEDIF.
- Contar con su Coordinador APCE designado formalmente y notificado al SEDIF.
- Haber cumplido en tiempo y forma con las comprobaciones de apoyos de los proyectos de la Dirección de Ayuda Humanitaria de acuerdo a los lineamientos.
- Realizar los reportes bimestrales correspondientes a la entrega de apoyos y recursos de stock de emergencia según corresponda
- El SMDIF deberá contar con el Diagnostico de Riesgos de su municipio.